Opinión | Pedro Varela: juicio al referente del nazismo en Barcelona por delitos de odio
Esteban Ibarra, presidente del Movimiento contra la Intolerancia, quien ejerce la acusación popular en el juicio contra Pedro Varela, explica en su columna la importancia de este proceso contra la persona que considera el epicentro de propaganda del nacionalsocialistamo y del fascismo en España y en Europa. Foto: Confilegal/EP.
Ha concluido en la Audiencia Provincial de Barcelona el juicio de referencia obligada, esperado, que sentaba en el banquillo de los acusados al histórico referente del nacionalsocialismo en España, quizás para toda la comunidad iberoamericana, al propietario de la Librería Europa, Pedro Varela.
Un juicio que llega 8 años después de que la Librería de referencia para todo el nazismo europeo, latino e hispano, en inexplicable funcionamiento consentido por el Consistorio, al no tener licencia municipal durante 20 años.
Fue clausurada tras solicitar esa medida cautelar la Fiscalía de delitos de odio de Barcelona y para la que se reclama, por parte de todas las acusaciones en el juicio, su cierre definitivo.
Junto a la Fiscalía de Barcelona, ejercieron la acusación popular, el Movimiento contra la Intolerancia y la Federación de Comunidades Judías en España. Ambas son entidades con larga experiencia de lucha social y jurídica contra el nazismo y que tienen un acuerdo de colaboración en este ámbito así como en la dirección del Observatorio del Antisemitismo.
También se personó Ayuntamiento de Barcelona mediante acusación particular.
Además de Pedro Varela, el procedimiento alcanzó a otras 5 personas de su equipo como Carles Sanagustín, Viorica Minzararu, Nicoleta Damián, Acacio Friera y Antonio de Zuloaga (fallecido).
Todos colaboradores y del equipo de la Editorial Ojeda, de quien dependía la Librería Europa; según la Fiscalía y las acusaciones, «no puede disociarse de CEDADE» (Círculo Español de Amigos de Europa), una organización de ideología nacional socialista creada en 1966 en Barcelona.
Considerada una red internacional de difusión de propaganda e inicio del movimiento neonazi, en su creación contó con el apoyo de oficiales nazis de las Waffen SS protegidos en el franquismo, como León Degrelle y Otto Skorzany junto a combatientes de la División Azul y otros referentes.
Pedro Varela fue presidente de CEDADE entre 1978 y 1993, año de la disolución de esta organización, denunciada por el Parlamento Europeo y también por el Centro Simón Wiesenthal, entidad que documenta las víctimas del Holocausto y lleva registros de los criminales de guerra nazis.
CEDADE fue un autentico crisol del movimiento nazi en España.
LIBRERÍA EUROPA, CENTRO DE PROPAGANDA DEL NACIONALSOCIALISMO
Pedro Varela continuo su actividad configurando la Librería Europa como centro neurálgico del pensamiento y propaganda nacionalsocialista. Desde la librería se difundía, en diferentes idiomas y para numerosos países europeos e iberoamericanos, materiales, libros, revistas y soportes diversos del discurso del nazismo, además de organizar conferencias y encuentros.
León Degrelle, oficial belga de las SS del que se decía que era el predilecto de Adolf Hitler, influyó notoriamente en Pedro Varela.
El dictador, Francisco Franco, le dio asilo en España tras la II Guerra Mundial, a pesar de ser reclamado por los tribunales belgas. Hizo de Málaga su domicilio.
Después de unas declaraciones en la revisa Tiempo, de naturaleza negacionista y humillante hacia las víctimas del genocidio nazi y por declaraciones antisemitas y racistas, fue denunciado en 1985 por Violeta Friedman, judía húngara, superviviente del Holocausto y presidente de honor del Movimiento contra la intolerancia hasta su fallecimiento.
Friedman consiguió, del Tribunal Constitucional, una importante sentencia en 1991. Presidido por Francisco Tomas y Valiente (quien fue asesinado por ETA en 1996), la sentencia del máximo tribunal de garantías es la primera referencia jurídica en España contra el discurso de odio, aun cuando este término todavía no fue reconocido en Europa hasta 1997.
Esta sentencia abrió la puerta, en el Código Penal de la democracia, que entró en vigor en 1995, a los delitos de los que ahora se le acusa a Pedro Varela. Delitos que fueron actualizados en la reforma que se operó sobre ese mismo Código en 2015.
INTENSA ACTIVIDAD ULTRA
Reconocido Pedro Varela como referente ideológico actual del nazismo en España, su activismo difusor le ha llevado a estar encausado y condenado en 3 procedimientos judiciales.
El primero data de 1992. Fue en Austria, por divulgar el discurso hitleriano. Los otros dos tienen fecha de 1998 y 2010. Dos procesos relacionados también con la difusión de ideas genocidas y contra los derechos fundamentales y las libertades públicas garantizados por la constitución
Este ha sido el cuarto juicio, centrado en su activismo desarrollado entre 2006 y 2016.
Tras su detención y registro, los Mossos le incautaron 15.000 libros de los autores de referencia del nazismo, con contenidos variados de tipo racista, antisemita, de negación y trivialización del holocausto y otros relacionados con el rechazo a homosexuales, inmigrantes, gitanos y otras minorías sociales.
El fiscal de delitos de odio, Miguel Ángel Aguilar, en su escrito de acusación contra Varela y el resto de los acusados, describió su relación como «un entramado organizativo perfectamente estructurado» que tenía su epicentro en la librería y la editorial. Desde esa base difundieron «de forma masiva e indiscriminada” contenidos neonazis basados “en la cultura del odio supremacista, la segregación racial”.
Sus textos alimentaban la discriminación respecto a personas judías, afrodescendientes, asiáticas, migrantes, musulmanes u homosexuales entre otros; también materiales con especial fijación y aversión hacia los judíos que divulgaban la tesis raciales y antisemitas de sus autores y que, desde su antisemitismo, denigraban y humillaban “con expresiones de carácter ofensivo y vejatorio con el objetivo de crear sentimiento de odio hostilidad, animadversión y de violencia”.
«El fiscal de delitos de odio, Miguel Ángel Aguilar, en su escrito de acusación contra Varela y el resto de los acusados, describió su relación como «un entramado organizativo perfectamente estructurado» que tenía su epicentro en la librería y la editorial. Desde esa base difundieron «de forma masiva e indiscriminada” contenidos neonazis basados “en la cultura del odio supremacista, la segregación racial”»
El punto de vista de la Fiscalía fue diáfano: “enaltecían, alababan y justificaban” los atroces crímenes del III Reich, o incluso negaban el Holocausto”. Su actividad difusora tuvo una gran proyección entre neonazis y neofascistas.
Por la actividad desarrollada en el período investigado, la petición de pena para Valera, realizada por la Fiscalía y las acusaciones popular y particular, alcanzó los 12 años de cárcel.
Varela fue acusado de 2 delitos de odio, contra las libertades y derechos fundamentales, y un delito de pertenencia a asociación ilícita.
Para los otros 5 acusados, miembros de la dirección y empleados de la asociación cultural editorial Ojeda de la que depende la librería Europa, se les pide una pena de 8 años de prisión.
EL JUICIO Y LOS HECHOS PROBADOS
Tras negarse los acusados a responder a las preguntas de la Fiscalía y de las acusaciones popular y particular, solo contestaron a sus abogados, comenzaron las testificales y periciales, entre los testigos diferentes colaboradores de la Librería Europa que trivializaban su actividad como era de esperar.
La aportación sustancial vino de la información aportada por los Mossos que fue muy abundante y certera.
Fue acreditada la venta de DVDs y la celebración de conferencias en la librería, en distintas ciudades españolas, incluso en México, su difusión en internet y redes sociales. Llegó a disponer de canales en Youtube.
Era, además, otro de los métodos de financiación de Varela para obtener recursos y editar los libros.
«Las declaraciones de los Mossos en el juicio pusieron de manifiesto que, desde la editorial Ojeda, vendían las publicaciones por internet, en la Librería Europa y organizaban conferencias, todo con la intención de difundir «una línea de pensamiento basada en la cultura del odio supremacista y de animadversión y segregación racial contra lo que ellos consideran como ‘razas inferiores’»
La Fiscalía, tras la exhaustiva investigación realizada por los Mossos d´Esquadra, contabilizó en el período de 2006 y 2016 más de 260 conferencias de historiadores o políticos negacionistas del Holocausto. Algunos de ellos destacados condenados por apología del genocidio como el exlíder del Ku Klux Klan, David Duke o el revisionista británico David Irving, entre muchos otros de alta referencia internacional del supremacismo ario y del neonazismo..
En Internet, según la investigación policial, su página tuvo en el primer semestre de 2016 unas 10.000 visitas. Allí tenía a la venta 2.963 libros y 496 DVDs de conferencias y documentales, sobre los que realizaba envíos a toda España y al extranjero.
Las declaraciones de los Mossos en el juicio pusieron de manifiesto que, desde la editorial Ojeda, vendían las publicaciones por internet, en la Librería Europa y organizaban conferencias, todo con la intención de difundir «una línea de pensamiento basada en la cultura del odio supremacista y de animadversión y segregación racial contra lo que ellos consideran como ‘razas inferiores’».
Se publicaron varios libros de Irving, como «Pruebas contra el Holocausto», donde se rechaza la existencia de cámaras de gas en el campo de concentración de Aushwitz, además de afirmar que Hitler protegió a los judíos.
También del antisemita Israel Adan, “El Yugo de Sión. La batalla del discurso”; del negacionista, Robert Faurisson, «Las victorias del revisionismo», donde se califica de «mentira histórica» al Holocausto.
Incluso obras del propio Pedro Varela sobre “Nueva Ética Revolucionaria” y “Cartas desde la prisión”. Un catalogo de varios cientos de publicaciones y un deposito de miles de libros.
EL ARTÍCULO 510 DEL CÓDIGO PENAL, LA CLAVE
Fue significativo el apunte del instructor de los Mossos sobre detenciones por agresiones físicas de delitos de odio, señalando que en los registros de neonazis en numerosas ocasiones aparecía propaganda de la Librería Europa.
Las acusaciones coincidieron, esencialmente, con la Fiscalía. Cada una desde su perspectiva y con diversidad de matices, subrayaron que los delitos cometidos con ocasión del ejercicio de los derechos fundamentales y de las libertades públicas correspondían a varios artículos del Código Penal, que castigan los delitos de odio.
De un modo específico al 510.1.a. que sanciona a: «quienes públicamente fomenten, promuevan o inciten directa o indirectamente al odio, hostilidad, discriminación o violencia contra un grupo, una parte del mismo o contra una persona determinada por razón de su pertenencia a aquél, por motivos racistas, antisemitas u otros referentes a la ideología, religión o creencias, situación familiar, la pertenencia de sus miembros a una etnia, raza o nación, su origen nacional, su sexo, orientación o identidad sexual, por razones de género, enfermedad o discapacidad».
Al artículo 510.1.c., que también castiga penalmente a «Quienes públicamente nieguen, trivialicen gravemente o enaltezcan los delitos de genocidio, de lesa humanidad o contra las personas y bienes protegidos en caso de conflicto armado, o enaltezcan a sus autores, cuando se hubieran cometido contra un grupo o una parte del mismo, o contra una persona determinada por razón de su pertenencia al mismo, por motivos racistas, antisemitas, antigitanos, u otros referentes a la ideología, religión o creencias».
«Las acusaciones coincidieron, esencialmente, con la Fiscalía. Cada una desde su perspectiva y con diversidad de matices, subrayaron que los delitos cometidos con ocasión del ejercicio de los derechos fundamentales y de las libertades públicas correspondían a varios artículos del Código Penal, que castigan los delitos de odio»
Preguntado el instructor de los Mossos por las defensas de los acusados a que se referían con el término “ULTRA” cuando así les calificaban, el agente contesto con precisión que el término designaba a aquellas organizaciones que admitían el uso de la violencia para alcanzar sus objetivos políticos.
Correcto.
Este fue el significado y no otro ,que se le dio en la transición a la democracia en España, señalando que lo ultra era ir mas allá, transcender de la legalidad democrática para alcanzar unos objetivos determinados.
También las acusaciones coincidieron con la Fiscalía que los hechos pueden ser constitutivos de un delito de asociación ilícita
El artículo 515.4. del Código Penal establece que «Son punibles las asociaciones ilícitas, teniendo tal consideración: (…) Las que fomenten, promuevan o inciten directa o indirectamente al odio, hostilidad, discriminación o violencia contra personas, grupos o asociaciones por razón de su ideología, religión o creencias».
Al margen de las penas de prisión, el fiscal y las acusaciones han pedido la inhabilitación de Varela para editar o vender libros durante el tiempo de la condena y 10 años más, además de la disolución y clausura de la asociación cultural editorial Ojeda, el cierre definitivo de la librería Europa tanto en su sede de la calle Séneca como su web, y la prohibición “definitiva” a ambas entidades de realizar actividades de edición, así como la clausura de varias webs y sus perfiles de en redes sociales.
Las defensas presentaron como librero y editor a Varela y su grupo, como una pequeña empresa, pero su objetivo esencial es poner en cuestión el artículo 510 del Código Penal de forma que el discurso de odio no disponga de ningún límite.
Lo que nos llevaría a una situación anterior al Código Penal de 1995.
Así lo sostuvo Óscar Vicario, letrado de la acusación popular de Movimiento contra la Intolerancia y de la Federación de Comunidades Judías de España, en espera de que la sentencia sirva de una vez por todas para poner punto final a las actividades y organización de incitación al odio antisemita y racista, del odio radicado en la intolerancia al diferente.
Porque la libertad de expresión no debe suponer nunca, impunidad de agresión.