Esteban Ibarra

Movimiento contra la Intolerancia, por los Derechos Humanos

MONITORIZACIÓN, ALERTA Y PROSPECTIVA DEL EXTREMISMO VIOLENTO Y DE LOS CRIMENES DE ODIO

Editorial

MONITORIZACIÓN, ALERTA Y PROSPECTIVA DEL EXTREMISMO VIOLENTO Y DE LOS CRIMENES DE ODIO

05/07/2018

Desde hace años las instituciones europeas e internacionales  vienen reaccionando a los brutales actos de terrorismo y crímenes de odio que son alimentados desde posiciones que se identifican con el extremismo  violento, como su causa inmediata. Los Estados participantes en las mismas han reafirmado su compromiso en prevenir, investigar, eliminar y enjuiciar  los delitos asociados con el extremismo violento insistiendo en que ni deben, ni pueden vincularse con ninguna raza, etnia, nacionalidad, religión u otra significación comunitaria o social.  Una muestra del horror son los ataques terroristas y crímenes de odio,  como las matanzas en las Torres Gemelas de Nueva York (11 de septiembre de 2001), en Madrid (11 de marzo 2004), en París (13 de noviembre 2015) o en Barcelona (17 de agosto de 2017).  A estas tragedias se suman los atentados perpetrados en Bamako, Bruselas, Niza, Berlín, así como un gran número de ataques cometidos en otros países hacia los musulmanes, a los que hay  que añadir otros crímenes de odio terroristas como en Utoya-Oslo (22 de julio de 2011) y los cientos de ataques de grupos neonazis y de sujetos extremistas religiosos, supremacistas, ultranacionalistas, milicias y muchos otros que cometen masacres en centros escolares, iglesias,   discotecas, transportes públicos y otros lugares muy concurridos, con los que han sembrado de terror el mundo entero.

Esta reiteración  de crímenes atroces han llevado a las instituciones internacionales a señalar que el extremismo violento es la antesala del terrorismo y de los crímenes de odio, porque desde esta asunción mental de intolerancia  es posible alentar, absolver, justificar, apoyar y ejecutar la perpetración de un acto violento para alcanzar objetivos políticos, ideológicos, religiosos, sociales o económicos, incluso personales al estar vinculado estrechamente con el dominio y el poder,  constituyendo una afrenta a los “principios de las Naciones Unidas, consagrados en los derechos humanos universales y las libertades fundamentales. Y para llegar al extremismo violento se significan los “procesos de radicalización” que conducen a  personas a la asunción de la violencia y el terrorismo, sobre la base de una siembra de actitudes y comportamientos de intolerancia sobre los que se riega odio y fanatismo, alentando conductas de  seres humanos en una perspectiva maligna. Coincidimos con la Directora General de la UNESCO en su diagnostico: “El extremismo violento constituye una amenaza que no conoce fronteras, y pone de relieve la vulnerabilidad actual de todas las sociedades frente a los retos de la intolerancia, el odio y el miedo. No existe una única causa del auge del extremismo violento, ni una única trayectoria que conduzca a su práctica. También sabemos que la “fuerza bruta” no basta para contrarrestar una amenaza que se basa en visiones exclusivas del mundo y en interpretaciones falsas de la fe, alimentadas por el odio y la intolerancia. Necesitamos un «poder no coactivo». 

Aunque el  extremismo violento es un problema global que no dispone de una definición clara, se puede interpretar  que ni es  nuevo, ni exclusivo de  región, nacionalidad o credo, como tampoco nadie es inmune a su crecimiento y  que afecta a todas nuestras sociedades al negar la condición humana, la tolerancia y la convivencia, provocando  fracturas sociales y políticas muy graves y profundas,  facilitando el desarrollo de ideologías racistas, antisemitas, islamófobas, ultra-nacionalistas y totalitarias, tanto como movimientos extremistas que desestabilizan y explotan la intolerancia hacia creencias religiosas, origen étnico e ideologías políticas, para legitimar el uso de la violencia en sus acciones, reclamar territorios y fanatizar a sus seguidores. Pero esto no surge sin más de la nada. Dónde se violan los derechos humanos y se frustran las aspiraciones de transformación social hay un buen caldo de cultivo;  donde anida la incomunicación, prejuicios,  narrativas de agravio y adoctrinamientos  que alientan la intolerancia que es  negación,  rechazo y desprecio al diferente,  donde hay exclusión  social, todo ello facilita un terreno fértil para el auge del extremismo violento. Así lo confirma la UNESCO en lo relativo a este complejo problema: “En todas las partes del mundo, las sociedades padecen actos de terrorismo terribles, las minorías son perseguidas, la diversidad cultural es el blanco de ataques… los periodistas silenciados… las escuelas destruidas, los niños secuestrados… el patrimonio cultural de la humanidad saqueado para financiar más y más terrorismo… la purificación cultural es utilizada para debilitar los cimientos de la paz… El extremismo violento es el hilo conductor de este panorama”, declaró. “No hay una sola causa de este auge, tampoco una trayectoria única que lleve a alguien a la violencia extrema. Sabemos que no basta con contrarrestar la amenaza – es nuestro deber prevenirla…” Deberíamos propiciar una mirada global, planetaria y con perspectiva histórica para abordar el problema, así como interpretar la multiplicidad de factores que concurren en el problema y sus efectos.

La Intolerancia en la raíz del problema

Parece ser  que el signo de la humanidad es la dialéctica Intolerancia versus Tolerancia;  cuando la primera crece, ha de llegar la respuesta de la segunda si queremos sobrevivir, según enseña el mensaje de la historia, de nuestra historia humana. La Intolerancia hoy día, es uno de los grandes desafíos al que la humanidad debe hacer frente en este siglo XXI ; es un problema de dimensión ética, cultural, religiosa y social, generado y alimentado  por factores diversos, estructurales, económicos, políticos e ideológicos. Nuestras ciudades son testigo de incesantes actos, hechos y sucesos de intolerancia criminal, como los atentados terroristas, las agresiones a inmigrantes, la violencia neonazi, las provocaciones y agresiones ultras en ámbito del fútbol, las acciones violentas de grupos ultranacionalistas y antidemocráticos, crímenes hacia mujeres, homosexuales, discapacitados y a personas por su edad, aspecto o sin hogar, por su diferencia  lingüística, profesional o de origen,  entre otros, y también movidos por el rechazo a la condición social, cultural, religiosa o política de la víctima, hechos graves basados en el rechazo, desprecio, irrespeto y fanatismo hacia la persona diferente. Las manifestaciones o conductas de intolerancia son ante todo,  expresiones de poder maligno que se ejercen para dominar y negar a una persona, a un colectivo social o a un país.

Podríamos definir la Intolerancia, en cuanto conducta  personal,  como toda actitud, forma de expresión ó comportamiento desde donde se desarrollan  prácticas o conductas que denigran, violan ó vulneran la dignidad y derechos de la persona cuyos perpetradores consideran “diferente” o incluso, simplemente, cuando se invita a  violarlas. Implica una disposición mental de donde brotan acciones políticas, económicas, culturales, religiosas y sociales, conductas que perjudican a personas y colectivos sociales  distintos del grupo social propio o prevalente, dificultando e impidiendo las relaciones humanas y construyendo relaciones de dominio y exclusión. Lo facilita el miedo, la inseguridad y contextos muy concretos aunque de todos ellos  sobresalen aquellos donde no existe el dialogo; podemos afirmar que  donde no hay comunicación anida la Intolerancia. No es algo genético, es una realidad aprendida y desarrollada por las personas en su proceso de socialización, por lo que se puede revertir deconstruyendo  estos procesos y prevenir mediante la educación para la tolerancia, entre otras medidas..

La Intolerancia es una realidad poliédrica multiforme,  de múltiples caras, con distintas formas-expresiones que tienen un denominador común dirigido a negar la dignidad (valor) de las personas a las que considera  diferentes y por ende,  la universalidad los derechos humanos. La Intolerancia genera daños a través de sus sus diversas manifestaciones,  conductas y acciones realizadas por individuos, grupos e instituciones que la practican. En síntesis, la Intolerancia presenta múltiples formas y se concreta a su vez, en diversa conductas que incluyen acciones criminales. Se produce y proyecta indistintamente en los ámbitos o esferas escolar, doméstico, laboral, vecinal, deportivo, cultural, religioso, internet, comunicación, familiar, político,…en cualquier ámbito  institucional y social, todo espacio puede ser escenario donde se concreten las diversas formas y acciones  de su realidad. La indiferencia y la impunidad son los mejores aliados de la Intolerancia, junto a la ausencia de memoria y de empatía con la víctima. Su amplitud, metamorfosis y capacidad de mutación dificultan que se acometa con éxito.

En una aproximación global al fenómeno, todas las formas de  Intolerancia consagran como valor, no a la persona con sus propias y diversas identidades, sino a la propia identidad enfrentada a la de los demás. La Intolerancia, puede estar fundamentada en prejuicios, conocimientos defectuosos o doctrinas, suele ir vinculada a ideologías,  sentimientos y anomias morales y sociales que excluyen, rechazan o conciben como inferiores, subalternas o “sin valor” a personas que no se respetan,  no se aceptan y se desprecian por ser “diferentes” al grupo identitario propio, prevalente o dominante. Entre sus formas más conocidas son el racismo y la xenofobia, el antigitanismo y la homofobia, el antisemitismo y la islamofobia, el identitarimo y el ultranacionalismo, el sexismo y la misoginia, la disfobia y aporofobia,  también el extremismo político  y otras expresiones de heterofobia social.  Todas tienen en común y por objeto, atacar la dignidad intrínseca de la “otra” persona y quebrar la universalidad de los derechos humanos.  Además las manifestaciones  de intolerancia en sus diversas formas, nos muestran  actos, comportamientos o conductas que marginan, discriminan, hostigan, segregan, agreden, incitan al odio o practican la violencia hacia grupos, minorías o personas por el hecho de ser, pensar o actuar de modo diferente llegando incluso a actos de genocidio.

La Intolerancia es el factor generatriz que se alimenta de  prejuicios, que son juicios previos basados en generalizaciones defectuosas e inflexibles (estereotipos) y que pueden ser dirigidos al grupo como un todo o a un individuo como miembro de dicho grupo; pero también  se basa y desarrolla con los dogmas e ideologías que sustentan un conocimiento defectuoso, verdades absolutas e interpretaciones alejadas de la realidad científica. Todo ello, junto a un hábitat social donde impere la anomia social  o factores históricos de conflicto, puede conducir por caminos que van desde el oprobio y la difamación de personas y colectivos estigmatizados hasta su exterminio, como en repetidas ocasiones nos muestra la historia de la humanidad.

Mutación y dinámica totalitaria

Hoy día nadie va proclamándose racista o genocida, incluso los neonazis se autodenominan nacionalistas; los totalitarios e integristas violentos usan formas más suaves para ocultar intenciones que alcanzan a la utilización de lenguajes versátiles con apariencia democrática. Sin embargo la significación de la Intolerancia desvela actitudes, comportamientos y proyecciones institucionales al destacar el irrespeto, rechazo y desprecio al diferente, la subalternidad, supremacismo o categorización de inferioridad del considerado distinto y el etnocentrismo o consideración de superioridad cultural o étnica de un grupo frente a otros.  La Intolerancia va acompañada de un síndrome, un conjunto de síntomas que se mueven en el  autoritarismo, la heterofobia, el dogmatismo y el fanatismo. Este último hay que interpretarlo en la perspectiva de una IDENTIDAD vivida de forma excluyente y que no solo afecta a religiones, doctrinas o ideologías, también a identidades etno-nacionalistas, musicales, futbolísticas y culturales agresivas que puedan ser otras expresiones de fanatismo. Entre los prejuicios y credos básicos que alimentan la Intolerancia se sitúan el racista, xenófobo, ultranacionalista, antisemita, islamófobo, sexista, homófobo, de género, antigitano y otros que niegan la igual dignidad (valor) de las personas. En general, el rechazo a la diversidad y pluralidad, a perspectivas de convivencias interculturales y cosmopolitas, alimenta el odio, la discriminación y la violencia hacia quien considera los diferentes y rechazables, produciendo numerosas víctimas y fracturando las sociedades.

Cuando la Intolerancia es la matriz de  pensamiento y doctrinas antidemocráticas o se transforma en naturaleza esencial de un sistema político, entonces  la violación de la dignidad intrínseca de las personas,  de sus derechos y libertades fundamentales por cualesquiera de su condición política, étnica, religiosa, sexual, de género, cultural o cualquier condición social no aceptada por este pensamiento o  sistema, es la pauta terrorífica del régimen, es la matriz de cualquier dictadura. Si nos situamos en el extremismo ideológico o doctrinario  que en general es alimentado por fundamentalismos,  dogmatismos y   maniqueísmos  que no admiten matices, niegan diversidad y miran la diferencias de forma extrema, entonces se avanza por un camino que nos conduce  al integrismo religioso, al  nazismo, fascismo, al ultranacionalismo y a cualquier otra mutación totalitaria, entre otras formas institucionalizadas de su realidad poliédrica. Todas ellas que en general,  van ligadas a manifestaciones de discriminación instituida, apartheid, delitos  o crímenes de odio, guerra y crímenes de lesa humanidad. La Intolerancia es muy rentable al ejercicio del poder no democrático, a la apropiación de la riqueza  y de la explotación de las personas. Si la Intolerancia se transforma en un hecho colectivo, político o institucionalizado, socava la convivencia, los principios democráticos y supone una amenaza sobre la Paz mundial.

De no detener la dinámica de la Intolerancia, su resultado es letal. De entrada no considera a los seres humanos en su individualidad y comienza por “estigmatizar” al “otro”,  negando “valor” al diferente, cosificando a las personas distintas. A partir de ahí, estas personas son sometidas a un proceso de “deshumanización”, alimentado por mitos y falsas imágenes que calan en el subconsciente social (los inmigrantes son delincuentes, los negros poco inteligentes, los homosexuales son enfermos, los judíos avaros, los gitanos son traficantes, los musulmanes terroristas, los minusválidos una carga social inútil, las mujeres inferiores etc.). Después  el colectivo mayoritario, en su praxis de intolerancia, se “victimiza” a partir de sentimientos de recelo, miedo y amenaza, sentimientos de sufrimiento por unas cargas que considera injustificadas o por cualquier otro factor que lo estimula. Finalmente comienzan las hostilidades tras haber interiorizado la comunidad prevalente, el “miedo a la agresión, a la invasión, a perder recursos..” por la presencia del diferente, siempre amplificado por procesos de fanatización y discursos de odio. El “otro” será el culpable y las opciones de sufrir segregación, discriminación o violencia se tornan más que reales. Y a partir de esa base de intolerancia, cualquier persona puede sufrir la agresión por el simple hecho de ser parte, o supuestamente parte, del colectivo estigmatizado; de esta forma el grupo dominante se siente legitimado para proceder a la limpieza étnica y social, curando la “infección”, recurriendo al crimen.

Pensamiento, actitud y comportamiento delictivo es la secuencia que nos puede llevar a los crímenes de odio, que son delitos motivados por – radicados en- la Intolerancia,  hacia una conducta basada en cualquier forma de intolerancia de su autor, de quien los comete y nunca por razón de la víctima o su característica por la que ha sido seleccionada para mandar un mensaje de negación a todos sus semejantes.  Los crímenes de odio son los que más deshumanizan porque quienes los cometen consideran que sus víctimas carecen de suficiente valor humano en relación a su color de piel, origen étnico, lengua, religión, orientación sexual, discapacidad o cualquier otra consideración similar. Además de fracturar la cohesión social,  un crimen de odio afecta y amenaza a todo el grupo al que pertenece la víctima, disemina incertidumbre, miedo y horror apuntando un camino del que no se conoce el final del trayecto, aunque un recorrido de la historia reciente nos informa que  ha deparado desde asesinatos y crímenes abominables, hasta “limpiezas étnicas”, guerras, genocidios y el singular Holocausto. La dinámica de la Intolerancia sabemos cómo empieza pero nunca alcanzamos a ver las altas cotas de barbarie que puede culminar.

Registrar y Monitorizar los Delitos de Odio

En los últimos veinte años la Unión Europea, el Consejo de Europa y la Organización para la Seguridad y la Cooperación en Europa (OSCE) han evolucionado hacia una posición más asertiva acerca de la respuesta frente a los crímenes de odio al condenarlos explícitamente y  acordar medidas y acciones positivas de respuesta. Es significativa  la jurisprudencia reciente del Tribunal Europeo de Derechos Humanos quien destaca que los Estados tienen el deber de investigar  y evidenciar el potencial de motivación de odio basado en la intolerancia. Este enfoque impulsado por la OSCE es el resultado de un aumento de conciencia ante las consecuencias desestabilizadoras de los delitos de odio y la necesidad de que las instituciones reaccionen correctamente a fin de mantener  la confianza de las minorías étnicas  y de los grupos sociales en la capacidad democrática para protegernos de esta amenaza; como afirma en su Guía sobre registro, monitorización y análisis de datos sobre delitos de odio, estos  deberían  “aportar información a los responsables políticos para que tomen decisiones y medidas bien fundamentadas. Tales datos deberían incluir: el número de delitos registrados, el número de delitos denunciados a la policía, a qué grupos iban dirigidos, los delitos para los que se inician acciones penales y sobre los que se ha dictado sentencia. Esta información también se puede utilizar para analizar las diferencias entre tipos de delitos y grupos de víctimas, y, también, para dar una respuesta más eficaz y para identificar posibles lagunas legislativas o políticas.”

La Lista de Registro de Delitos de Odio debería incluir, según recomienda OSCE, como mínimo todas las motivaciones contempladas en la legislación nacional y debería ser lo más específica posible, por ejemplo, no mencionar única­mente “delitos dirigidos a miembros de confesiones religiosas” sino mencionar espe­cíficamente “delitos antisemitas” o “delitos anti-musulmanes”, así como “considerar supuestos que podrían no estar contemplados en la legis­lación”, por ejemplo, en nuestro caso, delitos dirigidos a personas transexuales, por su origen territorial, lengua, aspecto físico,  actividad u otros, porque eso ayuda a determinar si hay modelos de delitos en ascenso” (OSCE). Y a su vez, compilar una lista lo más amplia posible de infracciones penales en la que basarse para recoger datos que al menos debe de incluir: “Homicidio, agresión física, daños a la propiedad, pro­fanación grave, vandalismo, amenazas y actos de destrucción de lugares de culto”. También reclama la OSCE que –si están tipificados los “delitos extremistas” “discurso de odio” y “discriminación” como categorías de infracciones penales, estos datos se deberían recoger separadamente de los datos de delitos de odio-, ósea en rúbricas diferentes, dada la diferencia de criterio en la región, así como garantizar, algo que en nuestro país no está conseguido y que se debería comenzar con las diferentes fuerzas de seguridad,” que los procedimientos de recogida de datos sean homogéneos en todas las jurisdicciones estatales o provinciales, así como en todas las tareas administra­tivas”.

Sin embargo, monitorizar y analizar los delitos de odio va más allá de registrar datos, lo que tampoco se consigue con éxito a pesar del consenso general sobre la importancia de la recopilación de datos como elemento esencial para  desarrollar estrategias que hagan frente a los crímenes de odio. El déficit de datos es un desafío serio en la mayoría de países de la región OSCE; un déficit común de recogida de datos o subregistro de hechos y víctimas causado por distintos factores que van desde la no disposición  a revelar información personal, como la condición de inmigrante “irregular” o la  orientación sexual a su propio familia o comunidad, hasta que muchas personas pueden no ser conscientes de que existe legislación y desconoce  los procedimientos para denunciar delitos de odio; la falta de confianza en la policía o en las instituciones judiciales  puede llevar a  personas que no son ciudadanos del país en el que han sido víctimas a temer que su denuncia pueda dar lugar a su detención y / o deportación. Muchas víctimas temen que si denuncian un delito de odio los autores tomarán represalias contra ellos o contra sus familiares. Por otra parte, operadores jurídicos y policiales en muchas ocasiones  carecen de habilidades para identificar e investigar  crímenes de odio e incluso  comparten prejuicios o ideología de los autores. Sin olvidar la falta de pericia del denunciante para diferenciar lo que es un denuncia administrativa de un posible ilícito penal, algo habitual en la negativa de acceso en lugares públicos a personas de determinados colectivos. Ante esta realidad circunstancial que lleva a obviar multitud de detalles,  no se visibiliza de manera adecuada a víctimas y agresores sobre la motivación de odio basados en la intolerancia al diferente y en consecuencia, reportar con eficacia los incidentes que pudiera proporcionar un denunciante relacionados con estos ilícitos penales.

Registrar monitorizar y analizar  los delitos de odio debe de servir para combatirlos.  Nos podemos encontrar con delitos de odio radicados en intolerancias múltiples, cuya acción externa oculta un mayor alcance como situarlo en una estrategia oculta por parte de  organizaciones agresoras; faltan indicadores de sesgo o polarización mejor adecuados a la interpretación, identificación y análisis de los delitos de odio y sobre todo, escasea el conocerlos. Falta depuración de los hechos, interpretar el papel de ciertas campañas de organizaciones ideológicas, sociales y políticas, de ámbito nacional e internacional (Hammerskin, Blood and Honour …) de los mensajes de odio en internet, de los grupos ultras del futbol, de los conciertos de música de odio y de racismo, los actos de los ultranacionalismos excluyentes del uso masivo de redes y plataformas, de las nuevas formas de organización en red como micro-grupos o “lobos solitarios” (Breivick y la matanza de Utoya nos recuerda su extenso escrito descriptivo y operativo); falta prospectiva para saber hacia dónde se dirigen los acontecimientos, no solo describir los hechos y falta sobre todo, un LENGUAJE  compartido que visibilice adecuadamente los delitos de odio, con cierta base científica en sentido de aportar elementos para una criminología y victimología desde donde intervenir con mayor racionalidad, evitando el uso perverso terminológico mediante retorcimientos conceptuales, como extender el concepto racismo hasta el infinito, y entre otras cosas, para evitar confundirlos con otro tipo de acciones de organizaciones criminales o con datos aportados desde perspectivas poco cualificadas al respecto. Resulta chocante que en tiempos de gran desarrollo del lenguaje científico y praxeológico, todavía no interpretemos el alcance fenomenológico, global e histórico de los crímenes de odio, privándonos incluso de una dimensión universal que sirva para interpretarlos y acometerlos en todo lugar del planeta, allá  donde existan seres humanos y entes con potencialidad de cometerlos.

Alerta Temprana y Análisis Prospectivo

El crecimiento de la intolerancia en el discurso público, en las políticas hacia la inmigración y hacia las minorías étnicas y sociales, la expansión del populismo xenófobo en Europa, así como la emergencia de una criminalidad basada en el rechazo y negación de la diversidad, no son sino los síntomas de una triple crisis en Europa cuyos pivotes tienen en lo económico, uno de los mayores desastres financieros de la historia; en lo político-institucional, el descredito de sus gestores alimentado por la corrupción, el despotismo antidemocrático y la construcción institucional en desafecto con la ciudadanía; en lo social, el desmantelamiento de los “estados de bienestar” puestos en pie tras la II Guerra Mundial eliminando importantes conquistas sociales y ciudadanas. Además se observan con nitidez posiciones planetarias contrarias a la globalización de los derechos humanos y de los valores democráticos que coinciden con un resurgimiento de integrismos, ultranacionalismos y totalitarismos a gran escala que amenazan con dar al traste las conquistas democráticas y sociales de la historia de la humanidad. Estamos ante la Mundialización del Crimen de Odio, realidad que se evidencia por sus frutos, desde el racismo y neofascismo en occidente, hasta los fanatismos religiosos y terrorismos integristas en otras latitudes. Conviene recordar lo señalado en reiteradas ocasiones la Asamblea General de Naciones Unidas, especialmente frente al neonazismo en una reciente resolución del 20 de diciembre de 2012,  donde destaca “la importancia de cooperar estrechamente con la sociedad civil y los mecanismos internacionales y regionales de derechos humanos a fin de contrarrestar eficazmente todas las manifestaciones de racismo, discriminación racial, xenofobia y formas conexas de intolerancia, así como a los partidos políticos, movimientos y grupos extremistas, incluidos los grupos neonazis y de cabezas rapadas y los movimientos similares de ideología extremista”.  Algo que debemos extender hacia otras realidades criminales de odio basado en el integrismo y  totalitarismo.

Los diferentes informes del Parlamento Europeo que datan desde finales de los años 80, incluso las referencias en Naciones Unidas de los años 70, advirtieron sobre la realidad y el alcance del problema. Sin embargo la Unión Europea, incluido nuestro país, no estuvo alerta de estos peligros de intolerancia. Un camino interesante ha sido el del Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial (CERD) de la ONU que persiguiendo  crear un procedimiento de Alerta Temprana y de Acción Urgente, ha  sistematizado indicadores de situaciones aunque no requieran una atención inmediata para limitar violaciones graves de la Convención contra la Discriminación Racial; la gravedad y la magnitud del caso, incluida la propagación rápida de la violencia o el daño irreparable que se pueda causar a las víctimas por motivos relacionados con la  “raza”, color, ascendencia u origen nacional o étnico, si son tenidas en cuenta para sus recomendaciones y reclamaciones. Estos indicadores se pueden generalizar al conjunto de los incidentes de intolerancia y delitos de odio, como  son  “la presencia de una tendencia a la rápida propagación de la violencia y el odio raciales o de la propaganda racista o el llamamiento a la intolerancia racial lanzado por personas, grupos u organizaciones, en particular funcionarios elegidos u otros funcionarios del Estado, las disposiciones legislativas discriminatorias”; también  las políticas segregacionistas o excluyentes de facto y la ausencia de un marco legislativo adecuado que defina y penalice todas las formas de intolerancia delictiva y otros.

Otros métodos que han de incorporarse frente a la mundialización de los crímenes de odio es el análisis prospectivo que posibilite la aplicación de políticas y medidas preventivas que eviten los discursos y los delitos de odio, así como su elemento subyacente, los procesos de intolerancia criminal.  Realizar prospectivas es asumir la importancia de diseñar estrategias para poder influir sobre un futuro que podría vislumbrarse teniendo en cuenta las realidades de presente y pasado, lo que precisa de memoria democrática, conocimiento, calidad y experiencia para una intervención eficaz. Deben estudiarse bases ideológicas,   intenciones, estrategias y proyectos de las organizaciones de intolerancia criminal y sus posibles conductas de odio, obteniendo diagnosis e indicadores que ayuden a determinar posibilidades de acciones a evitar, así como su desarrollo. Un  análisis prospectivo  debe considerar al menos, los elementos esenciales de la dinamica del odio, el papel de los sujetos-organizaciones dinamizadoras, su alcance e intenciones,  los medios de difusión y propagación,  escenarios de futuro y de possible evolución, así como las estrategias, objetivos y  acciones que permitan construir situaciones de defensa democratica y de los Derechos Humanos.   Esto no es baladí y como ejemplo historico esta el mal hacer que posibiltó que Adolf Hitler alcanzara el poder en una democracia que no supo defenderse.

En consecuencia, resulta necesario un enfoque holístico, también fenomenológico e histórico que apunte a la raíz del problema, a la intolerancia, que es lo que  sostiene al extremismo violento y al crimen de odio, incluso a su causa última, una  concepción no democrática del poder; es necesario tener presentes los errores del pasado para no repetirlos, para construir una Europa del “nunca más” como expresaron los sobrevivientes del horror de nuestra tragedia, para desterrar de una vez por todas esa sensación de vivir en una Europa “sospechosa” de lo peor, para avanzar por el humanismo proclamado en la Declaración universal de derechos y deberes del 10 de diciembre de 1948 para conseguir un esperanzador continente, en armonía con el planeta entero, alcanzable desde el gran conocimiento que disponemos, y sentirnos orgullosos de una evolución de la humanidad que destierra la violencia y la intolerancia, que construye  una sociedad en la que prevalezca y se fomente el respeto a los derechos humanos, a la igualdad,  la no discriminación y  la tolerancia. No se puede ser antirracista y admitir el antigitanismo o viceversa, no se puede estar contra la islamofobia y ser antisemita o viceversa, no se puede estar contra la homofobia y ser misógenos, no se puede dar la espalda a los refugiados o excluir de la protección a colectivos y personas que por cualquier característica padecen de intolerancia, discriminación o delitos de odio. La lucha por la protección de la dignidad intrínseca de la persona y los derechos humanos   no debe caer en el error de atomizar a las víctimas y a  personas o colectivos en riesgo, la lucha es global contra todas las formas de intolerancia y todos sus actos infractores y manifestaciones, desde la estigmatización, cosificación y  discriminación hasta los crímenes de odio y genocidios. Cuestión bien diferente es contemplar la dimensión local o la perspectiva comunitaria y del grupo social afectado, algo que no esta en contradicción con lo señalado anteriormente como expresa la racionalidad ecológica de Schumacher, “pensemos globalmente, para actual localmente”.

No es posible prevenir y adoptar políticas eficaces y serias de prevención y alerta, de intervención criminal y de ayuda a las víctimas sin una adecuada  recopilación, registro de datos y estadísticas fiables sobre crímenes de odio, sin un análisis a fondo y sobre todo, sin monitorizar y analizar  prospectivamente estos delitos, lo que supone controlar el desarrollo de una acción o un suceso para interpretarlo, someterlo al análisis y vigilar sus efectos o peligros de reiteración. Al respecto hay muchos interrogantes en esta tardía respuesta internacional como ¿dónde están los mapas de crímenes de odio en Europa? ¿qué redes y relaciones existen entre los grupos que incitan y promueven los delitos de odio? ¿cómo acometer la difusión de estos delitos en las redes sociales  e internet? ¿desde cuándo se vienen produciendo?..  No existe respuesta ante el problema y eso es, dado su gravedad, algo inconcebible. El compromiso de todos los Estados de la OSCE y de la Unión Europea va  (debiera de ir) en ese  sentido, pero de manera lenta e ineficaz y más cuando la diversidad de monitorización y recogida de datos refleja disparidad,  países que solo recogen poco más de 10 delitos de odio al año hasta otros que superan los 40.000. Es necesario  ponerse de acuerdo en que datos se recogen y su naturaleza para mejorar las respuestas de apoyo a las víctimas,  prevenir crímenes de odio, medir la eficacia de las iniciativas para hacer frente a los delitos  de odio, investigar los sujetos activos, organizaciones de intolerancia criminal, sus redes europeas e internacionales, la naturaleza de las agresiones, comunicar la respuesta de la justicia penal hacia estos delitos a una amplia gama de partes interesadas, desde las víctimas a las comunidades afectadas, y también al público en general. Estos datos monitorizados son la base para la formulación de políticas  al respecto, debiendo incluir información sobre el número de delitos cometidos, el número de delitos denunciados a la policía, a qué grupos se dirigieron, el número de delitos que fueron procesados ​​con éxito,  información sobre  sentencias, entre otros ítems.

Perspectiva Universal del Crimen de Odio

En este sentido conviene recordar el acuerdo del Comité de Ministros de la OSCE en 2003 (HATE CRIMES-delito de odio),  donde el  con­cepto hace referencia a un delito radicado en la into­lerancia del agresor, es decir, en su irrespeto, rechazo, desprecio, en cualquier caso, animadversión hacia la condición de la víctima, y    lo define como: “toda infracción penal, incluidas las infraccio­nes contra las personas y la propiedad, cuando la víctima, el lugar o el objeto de la infracción son seleccionados a causa de su conexión, relación, afiliación, apoyo o pertenencia real o supuesta a un grupo que pueda estar basado en la “raza”, origen nacional o étnico, el idioma, el color, la religión, la edad, la minusvalía física o mental, la orientación sexual u otros factores similares, ya sean reales o supuestos”.  El concepto “selección” apunta a la percepción del agresor de la identidad de la víctima con un grupo (sus semejantes) definido por el agresor por una característica objetiva, real o supuesta;  una persona a quien se puede atacar también por  sesgo múltiple,  en una categoría social construida por el agresor que actúa criminalmente por intolerancia hacia quienes portan esas características o presupone ser parte de esa identidad. En cuanto al término incidente relacionado con el delito de odio,  sería un presunto delito, viene determinado por la percepción de la víctima, los agentes de seguridad o por terceros testigos, a partir de ahí la instrucción del procedimiento tiene la palabra.

En un delito de odio, la selección de la víctima puede ser arbitraria,  su selección no es por lo que hace, sino por lo que es, al identificarla por alguna  característica compartida con un grupo de semejantes, a quienes  rechazan los agresores; es odio basado en la intolerancia hacia su diferencia por alguna característica. Esto conlleva nuevas necesidades, cara a revisar el acuerdo de definición Hate Crime (OSCE) enmarcado en sociedades con “estado de derecho”, digamos occidentales. Un crimen de odio al ser definido como “infracción penal” puede no serlo en otro país donde  no rige  el mismo criterio de derecho. Véase el ejemplo de aquellos  donde el asesinato de un negro perteneciente a una tribu inferiorizada, de un gay o la lapidación de una mujer insumisa al dominio patriarcal, no sería ninguna infracción penal poniendo en crisis la significación universal de Crimen de Odio, lo que nos llevaría a reclamar un significado cuya aplicación alcanzara a  todos los países,  todos los tiempos y para todas las personas y sus pertenencias.

Los crímenes o delitos  de odio afectan a  víctimas individuales, a grupos de personas, a comunidades y a la sociedad en general; pueden ser origen de realidades extraordinariamente graves y se debería tener fácil acceso al registro y monitorización de datos precisamente para intervenir en su prevención, neutralización  de daños y erradicación. Sin embargo aun nos faltan pasos elementales en España, terminológicos, donde arrastramos grandes contradicciones, y proyectivos como el desarrollo ético de la sociedad y de la justicia anamnética, esenciales desde la perspectiva de la víctima. Deberían seguirse las recomendaciones internacionales y trabajar con las organizaciones especializadas al respecto de la sociedad civil.  Debería mejorar la formación, el análisis empírico y deductivo, divulgarse más y mejor información, incrementar la sensibilización ciudadana e institucional y desde luego avanzar en la inclusión de la dimensión de género en la investigación-acción contra los delitos de odio, planificando y garantizando los recursos adecuados para librar esta dura lucha frente a esta lacra que persigue a la humanidad.

Discurso de Odio: Libertad de expresión, no es impunidad de agresión

De igual manera hay que acercarse al concepto DISCURSO DE ODIO (HATE SPEECH), definido por el Consejo de Europa (1997) como aquel que “abarca todas las formas de expresión que propaguen, inciten, promuevan o justifiquen el odio racial, la xenofobia, el antisemitismo u otras las formas de odio basadas en la intolerancia, incluida la intolerancia expresada por agresivo nacionalismo y el etno­centrismo, la discriminación y la hostilidad contra las minorías, los inmigrantes y las personas de origen inmigrante” Comité de Ministros R(97) 20. Este concepto se aprobó en consonancia con la Declaración de Viena y la Declaración sobre los medios de comunicación en una sociedad democrática, adoptada en la 4ª Conferencia Ministerial Europea sobre Política de Medios de Comunicación (Praga, 7 y 8 de diciembre 1994) que condenaba todas las formas de expresión que incitan al odio racial, la xenofobia, el antisemitismo y todas las formas de Intolerancia, puesto que socavan la seguridad democrática, la cohesión cultural y el pluralismo; En la misma resolución  se reclamaba “potenciar las posibilidades de combatir la incitación al odio a través del derecho civil, permitiendo, por ejemplo, a las organizaciones no gubernamentales interesadas interponer acciones de derecho civil, indemnizar a las víctimas del odio y prever la posibilidad de dictar órdenes judiciales que permitan a las víctimas un derecho de respuesta  u ordenar retracción”.

En un afán de ser más explícitos en materia de “discurso de odio”, sobre todo a raíz de interpretaciones abusivas y extensivas de la libertad de expresión, algo que se evidencia en Redes Sociales e Internet, la Comisión Europea contra el Racismo y la Intolerancia (ECRI) en su Recomendación General nº 15  aprobaba unas Líneas de Actuación para combatir  el discurso de odio en  Estrasburgo (21 de marzo de 2016), planteando además de un apoyo claro a las VICTIMAS, que el discurso de odio a efectos de la Recomendación debe entenderse como el uso de una o más formas de expresión específicas- por ejemplo, la defensa, promoción o instigación del odio, la humillación o el menosprecio de una persona o grupo de personas, así como el acoso, descrédito, difusión de estereotipos negativos o estigmatización o amenaza con respecto a dicha persona o grupo de personas y la justificación de esas manifestaciones- basada en una lista no exhaustiva de características personales o estados que incluyen la raza, color, idioma, religión o creencias, nacionalidad u origen nacional o étnico al igual que la ascendencia, edad, discapacidad, sexo, género, identidad de género y orientación sexual.

Conviene recordar  que hay un discurso de odio punible penalmente y otro que no lo es, pero puede ser sancionado administrativamente o por leyes civiles. Y no todo es discurso de odio; de hecho es un subgénero  del  DISCURSO DE INTOLERANCIA, por negar dignidad y derechos a una persona o colectivo social por motivo de su diversidad. En efecto este  último concepto  engloba a su vez  al discurso prejuicioso y estigmatizador  (no necesariamente punible), el discurso discriminato­rio (sancionado en algunos casos) y el mencionado discurso de odio (punible la incitación), sin olvidar otras manifestaciones del discurso de intolerancia, entre otros, el discurso genocida (punible su apología).  La conexión entre el discurso de intolerancia y los crímenes de odio es evidente al crear el clima que acompaña la normalización de la violencia.

No obstante y como en su día dijo Umberto Eco en el Fórum Internacional sobre la Intolerancia (1997) organizado por la UNESCO y la Academia Universal de las Culturas, “el primer paso es adoptar y compartir unidad lexicológica” o dicho de otra manera, podemos tener la misma lengua y no entendernos entre nosotros mismos, imaginemos que esto sucede en las ciencias físicas o de la salud, sería impensable porque estaríamos ante un caos mundial; bien,  pues sin llegar a ese extremo, reconozcamos que estamos en unos niveles de inoperancia inquietantes después de las tragedias vividas en el último siglo, por lo que conviene no perder ni un solo momento ante esta amenaza global, todo ello unido a promover una extensión del compromiso colectivo y del esfuerzo y lucha por alcanzar una justicia que descanse en raíces éticas universales.

 

 

Esteban Ibarra.

Presidente de Movimiento contra la Intolerancia

 Secretario General del Consejo de Víctimas de Delitos de Odio

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